Reforma de las normas de control para la administración del Riesgo de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Otros Delitos en el sector societario.
- Informativos IFS Group
- 2 jul
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Actualizado: 2 jul

Ponemos en su conocimiento la Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2025-0004 emitida por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros y publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 66, el 24 de junio de 2025, la cual tiene la finalidad de reforzar el marco normativo para prevenir el lavado de activos, mediante la implementación obligatoria de políticas, procedimientos y controles internos eficaces por parte de las compañías bajo supervisión. La resolución entró en vigencia el 13 de junio de 2025, y su cumplimiento es obligatorio para todas las entidades sujetas a control.
PUNTOS CLAVE
A continuación, los aspectos más importantes de esta resolución:
Enfoque Basado en Riesgos (EBR)
Se refuerza el uso del EBR conforme a estándares internacionales.
Las Compañías deben adaptar sus sistemas de prevención al perfil de riesgos específico.
Sistema Integral de Prevención
Las compañías deben implementar un sistema que se encuentre documentado, actualizado y que incluya:
Manuales
Matrices de riesgo
Protocolos de Control Interno
Programas de Capacitación.
Funciones del Oficial de Cumplimiento
Diseñar y aplicar el sistema de prevención.
Monitorear operaciones y reportar a la UAFE.
Capacitar al personal.
Presentar reportes periódicos.
Adicionalmente, el Oficial de Cumplimiento debe estar calificado por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros y en caso de existir una desvinculación debe notificarse en 5 días hábiles y la nueva designación debe hacerse en 30 días hábiles.
Manual y Políticas Internas
El manual de la Compañía debe incluir segmentación por nivel de riesgo e incorporar medidas reforzadas ante cambios regulatorios.
Si deseas conocer la Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2025-0004, aprobada por la Asamblea Nacional, te compartimos a continuación:
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