Acuerdo - 0001 “Fijación de sueldos, salarios/tarifa para el sector pr
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Acuerdo - 0001 “Fijación de sueldos, salarios/tarifa para el sector privado”.

Actualizado: 28 ago 2019



Las reformas según el Acuerdo Ministerial 0001 de fijación de sueldos, salarios/tarifa para el sector privado por ramas de actividad que abarcan la diferentes Comisiones Sectoriales.

Según Acuerdo Ministerial Nro. MDT – 2017-0195 del 27 de diciembre de 2017 se fijo que a partir del 1 de enero de 2018 el salario básico unificado del trabajador en general será de US$386 dólares mensuales.

En el inciso segundo del Art. 1 del mismo Acuerdo Ministerial, determina que: “El porcentaje de 2.94% considerado para el incremento del valor del Salario Básico Unificado (SBU) se aplicará para el cálculo de los salarios mínimos sectoriales delas 21 Comisiones Sectoriales”

A continuación las principales reformas :

Artículo 1.-estructura ocupacional en las comisiones sectoriales:


Artículo 2.-Fijación de salarios mínimos sectoriales: a partir del 1 de enero de 2018 los salarios/tarifas mínimos sectoriales a nivel nacional, que recibirán los trabajadores privados


Para efectos del pago de tarifas en jornada nocturna se aplicará lo establecido en el Art. 49 del Código de trabajo.

Artículo 3.-de la denominación cargo/actividad, es específica y no general, por lo que este debe constar en el contrato de trabajo y sus actividades se sujetarán a la misma.

Artículo 4.- del cumplimiento a la estructura ocupacional y los salarios mínimos sectoriales,para la estructura ocupacional incluidas los salarios mínimos sectoriales y las tarifas mínimas sectoriales en ningún caso podrán ser inferiores a las establecidas .

Si no existieran ocupaciones o puestos de trabajo que se incluyan dentro de las Comisiones sectoriales indicadas en el Artículo 2 se deberá notificar al Ministerio de Trabajo hasta el 31 de marzo de 2018 para que se pueda realizar el estudio correspondiente y se pueda dar a conocer mediante un informe a las Comisiones Sectoriales.

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