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Reformas a los requisitos para acceder a la deducibilidad adicional del 150% por patrocinio de propuestas culturales

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    Informativos IFS Group
  • 8 jun
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 9 jun


Hacemos un recordatorio del Acuerdo Ministerial No. MCYP-MCYP-2025-0051-A de 6 de mayo de 2025, emitido por el Ministerio de Cultura y Patrimonio y publicado el 9 de mayo de 2025 en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 561, en el cual se indican las reformas a la norma para la aplicación del artículo 10 de la Ley de Régimen Tributario Interno, que permite una deducción adicional de hasta el 150% en el impuesto a la renta por el patrocinio de propuestas culturales que cuenten con la debida calificación.

¿Qué busca esta reforma?


El objetivo principal es fortalecer el vínculo entre el sector privado y la cultura, facilitando el acceso a beneficios tributarios para quienes apoyen económicamente proyectos culturales. Además, se busca simplificar los procesos administrativos y alinear los requisitos con la normativa tributaria vigente, haciendo más eficiente y transparente el mecanismo de deducción.


Requisitos para acceder a la deducción


  • El patrocinador debe firmar un contrato formal con el responsable del proyecto cultural.

  • El proyecto debe estar registrado y aprobado por el Ministerio.

  • Se debe obtener un certificado de patrocinio cultural, que será el documento habilitante para aplicar la deducción.


Límites y condiciones


  • Se mantiene el beneficio de deducir hasta el 150% del gasto incurrido.

  • Se establecen límites anuales por contribuyente y por proyecto, para evitar abusos del beneficio.


Enfoque territorial y poblacional


  • Se priorizan proyectos que se desarrollen en zonas rurales o de atención prioritaria, o que involucren a grupos históricamente excluidos.


Fiscalización y control


  • Se refuerzan los mecanismos de seguimiento y verificación del uso de los fondos patrocinados.

  • El Ministerio podrá realizar auditorías y solicitar informes de ejecución.


Si deseas conocer el Acuerdo Ministerial No. MCYP-MCYP-2025-0051-A, emitido por el Ministerio de Cultura y Patrimonio, te compartimos a continuación:





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