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Nuevos porcentajes de autorretención para sociedades calificadas como Grandes Contribuyentes

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    Informativos IFS Group
  • hace 2 días
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Ponemos en su conocimiento la Resolución Nro. NAC-DGERCGC25-00000034, emitida por el Servicio de Rentas Internas - SRI, publicada en el Séptimo Suplemento del Registro Oficial No. 157, el 5 de noviembre de 2025. Esta resolución establece los nuevos porcentajes de autorretención del Impuesto a la Renta que deben aplicar las sociedades calificadas como Grandes Contribuyentes en Ecuador.

Aspectos Clave

  • El SRI utiliza la figura de la autorretención de Impuesto a la Renta (IR) como un mecanismo de recaudación anticipada.

  • Las empresas catalogadas como Grandes Contribuyentes tienen la obligación de aplicar estos porcentajes sobre sus ingresos gravados, reteniendo y declarando el impuesto de manera periódica.

  • La Resolución reforma el Artículo 5 de la Resolución NAC-DGERCGC24-00000024, publicada en junio de 2024, ajustando los porcentajes de autorretención que estaban vigentes hasta ese momento.

  • Los cambios entran en vigor a partir del 1 de octubre de 2025, según lo dispuesto en la publicación oficial.


Si deseas conocer la Resolución No. NAC-DGERCGC25-00000034 emitida por el Servicio de Rentas Internas - SRI, te compartimos a continuación:



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