Reforma al reglamento para la presentación, negociación y suscripción de contratos colectivos de trabajo y actas transaccionales
- Informativos IFS Group
- 9 jun
- 3 Min. de lectura

Hacemos un recordatorio del Acuerdo Ministerial No. MDT-2025-056 emitido por el Ministerio de Trabajo y publicado el 15 de mayo de 2025 en el Registro Oficial No. 39, con el objetivo de reformar el reglamento para la presentación, negociación y suscripción de contratos colectivos de trabajo y actas transaccionales. Esta normativa aplica tanto al sector privado como al sector público.
Principales reformas
Principios rectores de la contratación colectiva
Se incorporan expresamente principios como:
Buena fe
Igualdad y no discriminación
In dubio pro operario
Irrenunciabilidad
Legalidad
Primacía de la realidad
Ultraactividad
Revisión previa y dictamen del Ministerio de Economía y Finanzas (sector público)
Se requiere una revisión técnica y financiera previa por parte del Director Regional del Trabajo.
La entidad empleadora debe presentar un informe de viabilidad financiera y un informe técnico-presupuestario.
El plazo para el dictamen del Ministerio de Economía y Finanzas se amplía de 15 a 30 días.
Límites de cobertura en el sector público
Los contratos colectivos no amparan a funcionarios de nivel jerárquico superior ni a servidores sujetos a la LOSEP o LOEP.
Solo aplica al personal bajo el Código del Trabajo, conforme a la calificación de régimen laboral emitida por el Ministerio.
Reclamación por falta de acuerdo
Cualquier trabajador puede presentar una reclamación si no se llega a un acuerdo.
El Director Regional debe notificar al empleador en 24 horas y este tiene 3 días para responder.
Luego, el caso se remite al Tribunal de Conciliación y Arbitraje.
Contenido del laudo arbitral (sector público)
Se elimina la exigencia de dictamen del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF como requisito para el laudo.
El Director Regional conducirá el proceso conforme al reglamento.
Veeduría sindical
Se permite la participación de veedurías sindicales en procesos de selección de personal, con voz pero sin voto, según el Decreto Ejecutivo No. 225.
Aplicación transitoria
Deben cumplir con el registro de la relación laboral, incluyendo formularios firmados por ambas partes y evidencia de pago.
La documentación debe conservarse bajo custodia del empleador.
Este acuerdo busca fortalecer la transparencia, sostenibilidad financiera y equidad en los procesos de contratación colectiva en Ecuador.
Si deseas conocer el Acuerdo Ministerial No. MDT-2025-056, emitido por el Ministerio de Trabajo, te compartimos a continuación:
Contáctenos
¿Necesitas auditores externos, asesores en Normas Internacionales de Información Financiera NIIF, asesores tributarios, contadores o consultores empresariales?
¿Conoces de las calificaciones como auditores externos que dispone nuestra Firma Integral Financial Solutions Cía. Ltda.?: Te lo indicamos a continuación:
1. Registro Nacional de Auditores Externos (RNAE No. 761) – Sector societario.
2. Auditor Externo del Catastro Público de Mercado de Valores.
3. Auditor Externo de las instituciones financieras y no financieras controladas por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria - SEPS.
4. Auditor Externo de las Universidades y Escuelas Politécnicas, calificado por el Consejo de Educación Superior - CES.
5. Auditor Externo de las entidades parte del Sistema de Gestión Colectiva, otorgado por el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales - SENADI.
Ingresa Aquí para ver nuestras calificaciones.
Síguenos en nuestras redes sociales:
Tenemos oficinas en Quito, Guayaquil y Ambato. Si necesitas un profesional para resolver cualquier inquietud de tu empresa o requieres más información sobre nuestros servicios puedes ponerte en contacto con nosotros, o también puedes conocer más sobre nuestros profesionales.
Nuestro personal capacitado tiene las mejores soluciones para ti, contamos con una amplia experiencia en conocimiento de Normativa NIIF y NIC.
Yorumlar