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Pago de la contribución a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
Ponemos en su conocimiento la Resolución No. SCVS-INAF-DNF-2020-0007 emitida por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros el 15 de abril de 2020, en donde se establece el pago de la contribución del ejercicio fiscal del año 2019 que se debe cancelar en dos cuotas en el año 2020.
A continuación, el contenido de la mencionada resolución:
Artículo 1.- Disponer que por única vez, sin necesidad de trámite previo, las sociedades sujetas a la vigilancia y control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros que se encuentren obligadas al pago de la contribución del ejercicio fiscal 2019 que se debe cancelar en el año 2020, podrán efectuar el mismo en dos cuotas, de la siguiente forma:
a) El 50% del valor de la contribución será cancelado hasta el 30 de septiembre de 2020.
b) El 50% restante, se pagará sin recargo hasta el 31 de diciembre de 2020.
Artículo 2.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, las compañías podrán cancelar el valor total de la contribución del ejercicio fiscal 2019, hasta el 30 de septiembre de 2020.
Artículo 3.- Ordenar que la Intendencia Nacional Administrativa Financiera efectúe y coordine las acciones que sean necesarias para la implementación de la presente resolución.
Disposición final.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción.
IMPORTANTE:
A continuación en el siguiente enlace encontrarás el informativo de la Resolución No. SCVS-INAF-DNF-2020-003 emitida por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros emitida el 27 de febrero de 2020, en donde se establece la Tabla de contribución que deben pagar las compañías y entidades sujetas sujetas a la vigilancia y control de la SCVS.: ingresa aquí
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